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Gestión de Cumplimiento sobre el Protocolo para preservar la Higiene y Salud en el Ámbito Laboral para la Prevención ante el Covid 19



La facilidad de contagio y las intensas consecuencias de la pandemia de Covid 19 han obligado al sector privado y público a establecer formalidades y acciones para evitar el contagio en el entorno laboral. 

Con la intención de homologar y asegurar las medidas de control y sanidad, el Estado ha establecido el “Protocolo para preservar la Higiene y Salud en el Ámbito Laboral para la Prevención ante el Covid 19” en el que se establecen lineamientos y directrices que deben implantar las empresas para evitar la propagación de la enfermedad.

La implantación del Protocolo, ajustado a cada industria y empresa según sus particularidades y acceso a recursos, procura la protección del equipo de trabajo lo que a su vez permite la continuidad del negocio en momentos de gran incertidumbre económica.

El Protocolo establece las siguientes medidas entre otras:
  • Formalizar un “Comité Especial de Salud e Higiene para la Prevención y Atención del COVID-19”, conformado por representantes de la empresa y de los trabajadores y que tendrá la responsabilidad de aplicar los lineamientos y directrices del Protocolo.
  • Establecer normas y procedimientos internos adaptando las medidas sanitarias exigidas por los Lineamientos para el Retorno a la Normalidad de las Empresas Post Covid 19, tales como el uso de mascarillas, distanciamiento físico del personal, monitoreo de síntomas, toma de temperatura, provisión de equipo de desinfección, horarios especiales, manejo de desechos, entre otras normas que deben ser implementadas en la empresa.
  • Levantar una bitácora con los datos de salud del personal, y que debe ser actualizada para asegurar el seguimiento al estado de salud del equipo de trabajo y de sus contactos recientes con personas y lugares en riesgo.
  • Controlar las áreas y zonas de la empresa de mayor riesgo en función de su susceptibilidad a contagios.
  • Establecer controles sobre las ocupaciones de mayor riesgo en la empresa según el nivel de contacto con áreas y personas (clientes y proveedores) de mayor exposición al virus.
  • Nombramiento de una brigada de limpieza para desinfectar las áreas de mayor exposición y riesgo dentro y en los predios del negocio. Se requiere en adición, supervisión y control de las acciones y ejecución de la brigada de limpieza para velar con el cumplimiento de sus tareas.
  • Asegurar la comunicación directa y fácil con la línea 169 para contactar al Centro de Operaciones de Emergencias de Salud (CODES).
  • Determinar el requerimiento de equipo de protección especial para el personal que lo necesite en función de su ocupación y funciones en la empresa.
  • Establecer un mecanismo de comunicación, como tableros de información o correos electrónicos, para divulgar las normas internas sobre la aplicación del Protocolo, así como el estado general de la pandemia en Panamá.
  • Capacitar al personal sobre la ejecución y aplicación de las normas internas y el Protocolo, así como de las medidas generales de prevención del contagio y de respuesta ante la sospecha de los síntomas.
  • Otra exigencia del Protocolo es el aseguramiento del uso ético, reservado y confidencial de los datos e informaciones del personal, recopiladas durante la aplicación de las normas internas y el Protocolo.
Los lineamientos y medidas establecidas en el Protocolo, y las normas y procedimientos concretas y ajustadas que el Comité Especial de Salud e Higiene ha diseñado e implementado requieren del control de un sistema de Gestión de Cumplimiento, cómo segunda línea de defensa, para proteger a la empresa y asegurar que se aplican correctamente, evitando posibles contagios entre el personal y la interrupción de las operaciones de la empresa. 


El sistema de Gestión de Cumplimiento, liderado por el Oficial de Cumplimiento, debe establecer acciones para asegurar que se cumpla con todos los requisitos del Protocolo y las normas internas, tales como:
  • Diseño de un Plan de Trabajo para organizar las acciones del Oficial de Cumplimiento en cuanto al control de las acciones de seguimiento y vigilancia.
  • Verificar que se cumplen las obligaciones de registro oportuno y certero en la bitácora con los datos del personal. Igualmente, verificar que se cumple con la previsión de reserva y confidencialidad de los datos del personal.
  • Verificar que se cumplen las normas de la brigada de limpieza, revisando los registros de ejecución de las acciones de aseo y desinfección.
  • Verificar que existe el acceso a la línea 169 del CODES.
  • Velar que se comunica todos los avances de la pandemia al personal y que funcionan los mecanismos para recibir y resolver sus consultas.
  • Verificar que se ejecutan las acciones de capacitación al personal, velando que se mantenga registro del contenido de la capacitación, de los nombres y número de identificación de los asistentes y de la fecha y hora en que se realizó. 

Igualmente, puede establecerse un canal de denuncia, para informar al Oficial de Cumplimiento, cualquier falta en la aplicación del Protocolo y la normativa interna, que pueda generar riesgos de contagio, así como incumplimiento de las regulaciones, de forma que se puedan establecer medidas correctivas oportunas.

El sistema de Gestión de Cumplimiento tiene el deber de velar que se adopten, observen y cumplan todas las reglas, regulaciones o compromisos normativos y legales que se han asignado a la empresa, incluyendo aquellas que tienen ver con la higiene y salud ocupacional, como el Protocolo para prevenir el contagio por Covid 19.

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