Bienvenidos Al

Blog



En Panamá la responsabilidad del responsable de los sistemas de Gestión de Cumplimiento (Oficial de Cumplimiento) se limita (regulatoriamente) a la prevención, detección y respuesta a los riesgos de Blanqueo de Capitales, Financiamiento del Terrorismo y Financiamiento de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva. Sin embargo, en muchas otras jurisdicciones la Gestión de Cumplimiento tiene un alcance de control normativo mayor.

En este sentido es importante conocer que otras normativas formarán parte de los deberes y tareas de la Gestión de Cumplimiento ejecutado por el Oficial de Cumplimiento. Como se apreciará, algunos de estos nuevos deberes ya están presentes pero no han sido extendidas de forma homogénea a una amplitud de "sujetos obligados". Estos nuevos deberes y tareas de Gestión de Cumplimiento son:
  • Cumplimiento de Normas Anti Soborno y Anti Corrupción. La descomunal cantidad de casos de corrupción privada y gubernamental que han ocurrido tanto a nivel global como regional han obligado a desarrollar normas regulatorias y estándares internacionales para controlar la ocurrencia e impacto de riesgos relacionados con estos tipos de delito. Por ejemplo, en algunos países se han aprobado normas legales que hacen responsables a las personas jurídicas en la jurisdicción penal y no sólo civil lo que obliga a desarrollar programas de prevención de responsabilidad penal. Igualmente, se ha desarrollado y difundido la norma internacional y certificable ISO - 37001 para la implementación de un Sistema de Gestión Anti Soborno. 
  • Cumplimiento de Normas de Protección de Datos. El intenso nivel de digitalización de los datos e informaciones privadas de las personas implica un alto riesgo de pérdida de la intimidad. Esto obliga a desarrollar marcos normativos para la protección de los datos. De hecho, en Panamá, siguiendo la iniciativa de otras jurisdicciones, se ha aprobado la Ley 81 de 26 de marzo de 2019 sobre la protección de datos personales y que obliga a las organizaciones a establecer controles para la gestión de los datos de clientes y asociados. 
  • Cumplimiento de Normas Tributarias (locales e internacionales). Existe una gran presión local y global por asegurar el cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte de las organizaciones. Es tal el grado de relevancia de estas normas que se requiere asegurar el cumplimiento normativo aplicando la Gestión de Cumplimiento como segunda línea de defensa en apoyo de las áreas de contabilidad y finanzas. Cabe revisar el nivel de complejidad al tratar de cumplir con los regímenes de FATCA y CRS.
  • Cumplimiento de Normas sobre Libre Competencia. Puede que este no sea un tema habitual en la mayoría de las organizaciones, no obstante para ciertas industrias es un tema de gran relevancia, en donde la aplicación de las formalidades propias de la Gestión de Cumplimiento puede agregar mucho valor (por ejemplo, revisiones de cumplimiento, canales de denuncia internos y externos, capacitación y entrenamiento al personal).
Inclusive, a la Gestión de Cumplimiento se podrían añadir la prevención, detección y tratamiento de riesgos de incumplimiento normativo de otras obligaciones según sea la industria en la que se desenvuelve la organización (normas ambientales, seguridad laboral e industrial, entre otras). 

El alcance y profundidad de la actuación del Oficial de Cumplimiento se ampliará en el mediano o largo plazo, requiriendo mayor desarrollo profesional en términos de conocimiento integral en función de los riesgos de incumplimiento normativo que deberán prevenir, detectar y tratar. Esto por supuesto es mucho más una oportunidad que amenaza.

Compartir en:


No hay comentarios.:

Publicar un comentario

Nota: sólo los miembros de este blog pueden publicar comentarios.

Con tecnología de Blogger.